Alineaciones Indebidas

Por parte de los responsables de  la nueva web www.ajedrezcanarias.com, se me ha solicitado colaborar con ellos en este proyecto que recientemente empiezan, en el que les deseo la mayor de las suertes y éxitos. Para los que no me conozcan mi nombre es Miguel Ángel Arnaiz Yanes y desde mayo de 2005 poseo el título de Árbitro Internacional, título otorgado por la Federación Internacional de Ajedrez (FIDE), soy residente en las Islas Canarias, en el Municipio de La Laguna, en la isla de Tenerife.

Me han propuesto que participe opinando y/o escribiendo sobre asuntos relacionados con el arbitraje, respondiendo dudas que puedan plantear los lectores o con cualquier información que pudiera considerar útil dentro del amplio mundo del ajedrez.

No tengo por costumbre escribir, así que espero me sepan perdonar si en ocasiones no resulto lo claro que me gustaría ser. Para empezar esta colaboración voy a escoger el tema de moda estas semanas en Tenerife, las Alineaciones Indebidas.

¿Qué es una alineación indebida en una Competición?. Para mi es toda aquella que infringe los artículos del Reglamento vigente en dicha Competición por Equipos. Es decir que va a depender del Reglamento aprobado para cada competición en especial, pudiendo variar de unos Campeonatos a otros según su ámbito de celebración.

Por lo tanto una alineación de un club o equipo pudiera considerarse como indebida o no según la provincia, comunidad o país donde se esté disputando, pudiendo incluso variar si se trata de un Campeonato Nacional, Autonómico, Provincial o de menor rango. Todo debido a que los Reglamentos que rigen esta variedad de Campeonatos no son iguales y entre algunos existen incluso diferencias muy sustanciales.

Los puntos principales que pueden dar lugar a una alineación indebida son los siguientes:

El Orden de Fuerza: En toda competición por equipos se establecen unas normas encaminadas a establecer como han de ordenarse los jugadores dentro de un equipo. Este orden se fija normalmente antes del principio de la competición. En la mayoría de los casos los jugadores aparecerán ordenados por ELO, ya sea ELO FIDE, FEDA o Autonómico según el ámbito de la competición y si la misma va a ser tramitada o no para su cálculo en el ELO FEDA o FIDE.

En algunas competiciones este orden puede alterarse antes del principio, permitiendo jugar con una diferencia de puntos ELO, en la cual unos jugadores pueden cambiarse con otros siempre que sus puntuaciones ELO no superen la diferencia establecida. Cualquier vulneración del Orden inicial fijado provoca que el equipo incurra en alineación indebida.

Pueden existir otros campeonatos, donde como ocurría en la ya desaparecida Liga Canaria, no se establecía un orden que debiera ser respetado, pudiendo colocar cada equipo a sus jugadores a conveniencia, siendo necesario para ello el entregar las alineaciones antes de cada encuentro al árbitro en sobre cerrado.

La Incomparecencia de un jugador: En determinados campeonatos la incomparecencia de un jugador en un equipo, cuando no se trata del jugador que ocupa el último tablero, provoca según el Reglamento una alineación indebida.

Superposición de Calendarios: Muchas veces los clubes cuentan con equipos en distintas categorías de un Campeonato. Pudiendo muchos jugadores de un club participar en varias categorías según las necesidades del club. La mayoría de los reglamentos prohíben que un jugador participe con un club en dos encuentros correspondientes a la misma fecha o ronda, según se establezca, en dos categorías distintas.

Esto puede ocurrir por jugarse dichas categorías en horarios distintos, una de mañana y la otra de tarde, o una los sábados y la otra los domingos, o el caso más habitual que motiva alineaciones indebidas, el aplazamiento de un encuentro. Para disputar el encuentro aplazado hay que tener en cuenta que los jugadores alineados en otras categorías en la misma ronda no pueden alinearse en ese encuentro, ya que de haberse disputado en su momento, existía esa prohibición que debe respetarse en la disputa del encuentro aplazado.

Incorporación de Jugadores con restricciones de participación: En algunos casos la alineación indebida la provoca un jugador que por algún motivo reglamentario tiene restringida su participación en un determinado equipo. Este es el caso de los jugadores titulares de un club en una Categoría

Lo habitual en una competición por equipos donde se disputan varias Categorías es que un club que participa en varias de ellas con distintos equipos, filiales unos de otros, tenga un restricción de forma que los “x” primeros jugadores de su lista se consideren titulares en la máxima Categoría en que participen, no pudiendo así bajar a jugar a Categorías inferiores.

Ocurrirá lo mismo con el equipo de una Categoría intermedia, que tendrá una serie de jugadores considerados titulares que no podrán jugar en Categorías inferiores a la suya. Estas restricciones no suelen establecerse para subir a jugar a Categorías superiores, aunque hay comunidades que limitan la participación de los jugadores filiales a un número determinado de encuentros.

En algunas comunidades existen restricciones para que puedan participar jugadores de un club que formen parte del Primer Equipo de ese club cuando está clasificado para participar a Nivel Nacional en los Campeonatos de España. También la FEDA en sus competiciones establece que si un club participa con distintos equipos en distintas divisiones, no podrá alinear a un mismo jugador en más de un equipo.

La FEDA en sus Campeonatos por Equipos establece restricciones a la participación de jugadores que hayan jugado alguna partida de competición oficial autonómica o estatal, con evaluación ELO FEDA, FIDE o Autonómico, con otro club español en la misma temporada.

Un jugador puede ver restringida su alineación debido a una incorporación tardía en el Orden de Fuerza de su club. En muchos campeonatos se establece un período de prudencia en el cual el jugador incorporado a la competición, de forma tardía, debe esperar un número de rondas determinado o un número de días para poder jugar. También se establece una fecha límite en la cual ya no se pueden realizar incorporaciones a los Ordenes de Fuerza de los campeonatos.

En definitiva la forma más fácil de evitar una alineación indebida es conocer en profundidad el Reglamento de Competición vigente para el Campeonato en que se esté participando, ya que dependerá de éste, que una determinada alineación sea o no indebida.

A modo de curiosidad en el XVI Campeonato Mundial de Ajedrez Informático se produjo un caso curioso de alineación indebida en el Torneo de partidas relámpago preparado para los programas y que recoge ChessBase en su página española:
“En la partida de Rybka contra el programa Falcon, éste se fue contento tras conseguir unas tablas. Se descubrió que no era Rybka sino Fritz 5.32 quien había jugado (este módulo se distribuye con Rybka en ChessBase) Sin darse cuenta el programador había cambiado a un módulo que no quería usar y de hecho se le dio la partida por perdida a Rybka por alineación indebida.”

Espero que haya sido de interés para algunos de ustedes y muchas gracias por su tiempo.

Sobre el autor

Miguel Ángel Arnaiz Yanes ha escrito 11 artículos en esta web.

Es Árbitro Internacional desde el año 2005. Ha arbitrado numerosos torneos internacionales a lo largo de toda la geografía española entre los que cabe destacar: XXXVI Olimpiada de Ajedrez Calviá 2004, Open Int. de Benasque, Cto. de España de Clubs de Primera División Grupo Sur, Tor. Int. de La Palma, Ctos. de Canarias, Tor. Int. Ciudad de La Laguna, Tor. Int. Villa de El Sauzal...

 

Un comentario en “Alineaciones Indebidas”

  • Luis Blasco
    Luis Blasco escrito el 16/03/2009 - 8:55

    Buen Articulo Miguel Angel, Mi mas sincera enhorabuena y adelante con el proyecto.

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